La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos falló a favor de Havana Docks Corporation y revocó una decisión que frenaba las demandas contra cuatro grandes navieras por el uso comercial de muelles en el puerto de La Habana. La resolución, adoptada por ocho votos contra uno, devuelve el caso a la justicia de apelaciones y marca un hito en la aplicación de la Ley Helms-Burton frente a las expropiaciones arbitrarias del régimen de La Habana.
El máximo tribunal estadounidense, en una opinión redactada por el juez Clarence Thomas, determinó que las empresas Royal Caribbean, Norwegian Cruise Line, Carnival y MSC Cruises utilizaron propiedades confiscadas sobre las cuales Havana Docks posee un reclamo certificado. La Corte rechazó el argumento del Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito, que había anulado una indemnización inicial de más de 100 millones de dólares por naviera alegando que la concesión de la empresa habría expirado en 2004. Para la mayoría, el factor decisivo no es la vigencia hipotética del contrato, sino el uso de bienes sustraídos de forma arbitraria por el gobierno cubano en 1960.
El litigio se fundamenta en el Título III de la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas (Ley Helms-Burton), que faculta a ciudadanos estadounidenses a demandar a quienes trafiquen con propiedades expropiadas por el Estado cubano a partir de 1959. Havana Docks había adquirido en 1928 una concesión para operar instalaciones portuarias en La Habana, construyendo una terminal y tres muelles. Tras la llegada al poder de Fidel Castro, la dictadura cubana decretó la toma forzosa de empresas estadounidenses y confiscó esos activos sin compensación alguna, una práctica que la Comisión de Liquidación de Reclamaciones Extranjeras certificó con pérdidas cercanas a los nueve millones de dólares más intereses.
Entre 2016 y 2019, las cuatro compañías navieras transportaron casi un millón de pasajeros a la isla, generando cientos de millones de dólares en ingresos. Durante este período, las empresas abonaron decenas de millones a entidades controladas por las autoridades de la isla, utilizando los muelles construidos originalmente por Havana Docks, incluso tras ser notificadas del reclamo pendiente. Este caso evidencia cómo el régimen de La Habana ha lucrado históricamente con la comercialización de propiedades sustraídas a sus legítimos dueños, insertando estos activos en el circuito turístico internacional para captar divisas que sostienen su economía en medio de la profunda crisis estructural y el desabastecimiento que sufre la población.
Implicaciones para el sector turístico y la justicia internacional
Aunque el fallo de la Corte Suprema no establece de manera definitiva la responsabilidad final ni el monto exacto de las indemnizaciones, abre un precedente jurídico contundente. El caso regresa al Tribunal de Apelaciones para que se revisen otros argumentos presentados por las navieras en su defensa. Esta decisión reaviva las advertencias a inversores extranjeros y operadores turísticos sobre los riesgos legales de vincularse comercialmente con propiedades confiscadas por la dictadura cubana, reforzando el impacto de la Ley Helms-Burton y enviando un mensaje claro sobre el costo de la complicidad con la expropiación sin compensación.