Un tribunal federal de apelaciones revocó la decisión de un juez inferior y permitió que avance la demanda presentada por un ciudadano estadounidense contra American Airlines por el uso del Aeropuerto Internacional \»José Martí\» de La Habana, una infraestructura confiscada por la dictadura cubana tras 1959. El fallo marca un hito en la aplicación de la Ley Helms-Burton y abre la puerta a nuevas reclamaciones contra empresas que operan en propiedades expropiadas.
La Corte de Apelaciones del Undécimo Circuito determinó que el tribunal de primera instancia \»se equivocó al desestimar la demanda\» presentada por José Ramón López Regueiro. El fallo, redactado por la jueza Jill Pryor, establece que la Ley Helms-Burton no exige que el propietario original de los bienes ni el heredero fueran ciudadanos estadounidenses en el momento de la expropiación o de la adquisición del interés sobre la propiedad. \»El texto de la ley es claro: cualquier ciudadano estadounidense que tenga un reclamo válido sobre una propiedad confiscada puede demandar, incluso si adquirió ese reclamo antes de naturalizarse\», subrayó el documento judicial.
La demanda original se ampara en el Título III de la Ley Helms-Burton, una legislación que permite a los ciudadanos de Estados Unidos reclamar compensaciones a empresas que \»trafican\» con propiedades confiscadas por el régimen de La Habana tras el ascenso al poder de Fidel Castro. Según los hechos presentados, el padre del demandante, José López Vilaboy, adquirió el principal aeropuerto de Cuba en 1955 a través de la Compañía de Aeropuertos Internacionales S.A. (CAISA). Tras la confiscación arbitraria por parte del Estado, la familia se vio obligada a exiliarse en Estados Unidos. Vilaboy falleció en 1989 y su hijo heredó las acciones de CAISA, obteniendo la ciudadanía estadounidense en 2015.
En su intento de bloquear el caso, la aerolínea estadounidense había argumentado que López Regueiro carecía de un interés real y directo sobre el aeropuerto, limitándose a poseer acciones de la empresa, y que no cumplía con los requisitos de ciudadanía. Sin embargo, la corte desestimó este argumento al aclarar que la ley protege a los accionistas con intereses en propiedades confiscadas, citando precedentes legales recientes. Asimismo, se documenta que la aerolínea operaba vuelos hacia y desde la terminal desde al menos 1991, lo que constituye, a juicio del demandante, un tráfico ilícito sobre la infraestructura incautada.
Impacto de la Ley Helms-Burton y la responsabilidad del régimen
El fallo judicial trasciende el ámbito estrictamente legal para situar nuevamente el foco en el origen de las expropiaciones masivas ejecutadas por la dictadura cubana. La confiscación de empresas, tierras e infraestructuras sin compensación alguna fue el cimiento de un modelo económico que, décadas después, ha derivado en el colapso sistémico de la isla, la hiperinflación, el desabastecimiento crónico y un éxodo migratorio sin precedentes. Las reclamaciones bajo la Ley Helms-Burton, suspendidas durante años y reactivadas en 2019, representan uno de los pocos mecanismos de presión internacional que buscan responsabilizar a las autoridades de la isla y a sus socios comerciales por el saqueo institucionalizado de la propiedad privada.
La decisión de la Corte de Apelaciones permite que el caso regrese al sistema judicial para continuar su proceso, lo que obligará a American Airlines a enfrentar el litigio en los tribunales. Este precedente supone una victoria significativa para la comunidad de exiliados que busca reparación por las pérdidas sufridas bajo el castrismo y podría incentivar una nueva ola de demandas contra corporaciones que lucran con activos incautados por el gobierno cubano. A largo plazo, el endurecimiento de estas acciones legales envía un mensaje claro sobre las consecuencias jurídicas y financieras de operar en una economía fundamentada en la usurpación de los derechos patrimoniales.